Programa de Actuación Urbanística
Programa de Actuación Urbanística (PAU) es marco legal de desarrollo urbanístico de barrios completos definido en el Real Decreto 2159/1978 de 23 de Junio.
Los programas de actuación urbanística efectúan la ordenación y urbanización de terrenos clasificados como suelo urbanizable no programado para la realización de unidades urbanísticas integradas. Dichas unidades urbanísticas integradas suelen ser nuevos barrios, con dotación de servicios y equipamiento suficientes para garantizar la satisfacción de las demandas propias de la población o de las actividades económicas y sociales que se desarollen dentro del barrio. El programa de actuación urbanística también debe especificar las obras de infraestructura necesarias para la correcta conexión del nuevo barrio con el resto de la ciudad desde el momento en que la gente comience a vivir.
A menudo el nuevo barrio definido como un PAU se le denomina de la misma manera; como por ejemplo los PAUs de Las Tablas, Montecarmelo, Sanchinarro, etc. en Madrid.
Los programas de actuación urbanística contendrán las siguientes determinaciones:
- Desarrollo de los sistemas de la estructura general de la ordenación urbanística del territorio.
- Señalamiento de usos y niveles de intensidad, con expresión del aprovechamiento medio en todo su ámbito.
- Trazado de las redes fundamentales de abastecimiento de agua, alcantarillado, teléfonos, energía eléctrica, comunicaciones y demás servicios que se prevean.
- División del territorio en sectores para el desarrollo en etapas.
Los programas de actuación urbanística contendrán los siguientes documentos:
- Memoria de la información urbanística utilizada
- Planos de información urbanística de los terrenos
- Planos de ordenación y de situación en relación con el Plan General
- Plan de etapas
- Estudio económico-financiero que justifique la viabilidad
Fuentes[ ]
- El contenido de este artículo incorpora material de una entrada de Wikipedia, publicada en castellano bajo la licencia GFDL.